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Renta garantizada de ayuda a la infancia

¿En qué consiste el complemento?

Este complemento es una cuantía mensual que la familia recibe por cada miembro menor de edad de la unidad de convivencia. Las cuantías están en función de la edad cumplida por los/las menores el día 1 de enero del correspondiente ejercicio.

 

  • Los menores de tres años: 100 euros mensuales.
  • Los mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros mensuales.
  • Los mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros mensuales.

 

¿Quién puede beneficiarse de este complemento?

PUEDEN SOLICITAR EL COMPLEMENTO:

 

Unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, que cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.

 

Los límites de ingresos y patrimonio están en función del número de miembros y de menores que la componen para pedir pueden consultarse en el Anexo III (pág. 15) del modelo oficial de solicitud: Solicitud de Ingreso Mínimo Vital.

 

**El reconocimiento del complemento está sujeto a que en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud los ingresos computables sean inferiores al 300% de la cuantía garantizada por el ingreso mínimo vital y el patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites señalados anteriormente, siempre que se cumpla el límite de activos no societarios indicado.

 

NO TIENEN QUE SOLICITAR EL COMPLEMENTO:

 

  • Los actuales perceptores de IMV.
  • Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
  • Los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.

 

Formas de solicitarlo

Pueden solicitarlo en el INSS en imv.seg-social.es las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.

 

Para solicitar este complemento de ayuda para la infancia pueden utilizar el modelo de solicitud del Ingreso Mínimo Vital, tal y como indica el INSS en el propio formulario de solicitud: Solicitud de Ingreso Mínimo Vital.

 

Información adicional

 

** Para una orientación más personalizada, puedes contactar con los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento. Si quieres hacerlo personalmente, recuerda solicitar cita en el 925 140 527.

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